Glosario/Blockchain y Tokenización

MiCA (Reglamento de Mercados de Criptoactivos)

El marco regulatorio integral de la UE para criptoactivos y valores digitales, que establece requisitos de licencia, transparencia y protección al consumidor en todos los estados miembros.


El Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCA) es el marco regulatorio integral de la Unión Europea para criptoactivos, adoptado en 2023 e implementado progresivamente durante 2024-2025. MiCA establece un régimen regulatorio unificado en todos los estados miembros de la UE para la emisión, negociación y custodia de criptoactivos, reemplazando el mosaico de regulaciones nacionales que previamente generaba complejidad de cumplimiento para los gestores de fondos que operan en distintas jurisdicciones europeas.

MiCA y los Intereses de Fondos Tokenizados

MiCA distingue entre los criptoactivos que califican como instrumentos financieros (regulados por las reglas vigentes de MiFID II) y aquellos que caen dentro de las nuevas categorías de MiCA: tokens referenciados a activos, tokens de dinero electrónico y otros criptoactivos. Los intereses de fondos tokenizados que califican como valores continúan regulados bajo AIFMD y MiFID II, mientras que la infraestructura que los respalda (exchanges, custodios, emisores de stablecoins) queda sujeta a los requisitos de licencia y operativos de MiCA.

Impacto en los Gestores de Fondos

Para los gestores de fondos que tokenizan intereses de fondos para inversionistas europeos, MiCA aporta claridad regulatoria: los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) autorizados pueden operar en todos los estados miembros de la UE con una única autorización, los emisores de stablecoins deben mantener reservas y cumplir requisitos de transparencia, y las comunicaciones de marketing de criptoactivos deben cumplir estándares de divulgación específicos. Esta armonización reduce la carga de cumplimiento de la distribución transfronteriza de fondos tokenizados dentro de Europa.